Reglamento regulador del funcionamiento del sistema interno de información de alertas del Ayuntamiento de Gavà
consulta pública previa a la elaboración del anteproyecto
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Consulta pública de ordenanzas
De conformidad con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 177 del Reglamento Orgánico Municipal se sustancia el trámite de consulta pública previa a su elaboración del anteproyecto de Reglamento regulador del funcionamiento del sistema interno de información de alertas del Ayuntamiento de Gavà, con el fin de recabar la opinión de la ciudadanía y las entidades más representativas potencialmente afectadas por la futura norma en relación a:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas reguladoras o no reguladoras.
Los ciudadanos y ciudadanas, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, ya pueden enviar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este espacio durante un plazo de 20 días desde la publicación de este anuncio.
Pueden realizarse las aportaciones en este apartado.
a. Problema que se pretende resolver con la iniciativa
Reglamentar el funcionamiento del sistema interno de información de alertas del Ayuntamiento de Gavà, ya existente, con el objetivo de prestar una protección equilibrada y efectiva a las personas que informan sobre infracciones del derecho nacional y de la Unión Europea, perjudiciales para el interés público, evitando el miedo a las represalias, facilitando con ello la eficacia en la aplicación del derecho y el compromiso colectivo en el buen funcionamiento de las instituciones.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Dar cumplimiento a lo exigido en el artículo 13.1.a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción por la que se transpone a el ordenamiento jurídico interno la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
Aunque el Ayuntamiento de Gavà dispone de un canal de denuncias desde la entrada en vigor de la mencionada Directiva, se hace necesario aprobar el Reglamento regulador de su funcionamiento a la vista de las determinaciones establecidas con posterioridad por la ley 2/2023.
c. Objetivos de la norma.
El Buzón ético o sistema interno de información de alertas es una herramienta al servicio del buen gobierno y la participación ciudadana, que debe contribuir a aumentar la confianza de la ciudadanía con las instituciones públicas y los servidores públicos.
El reglamento regulador de su funcionamiento establecerá los protocolos de actuación y pautas a seguir para la comprobación, tramitación y gestión de los hechos comunicados por medio de este canal.
d. Posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras.
No existe ninguna alternativa, dado que el artículo 8 de la DIRECTIVA (UE) 2019/1937, establecía la obligatoriedad de un canal de denuncias interno (existente en el Ayuntamiento de Gavà desde diciembre de 2021), y la Ley 2/2023 determina la necesidad de reglamentar su funcionamiento.
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